En Coquimbo llevamos causas ante el tribunal de familia de principio a fin, con el mismo abogado en todas las audiencias.
Cubrimos las causas más frecuentes ante el tribunal de familia que corresponde a Coquimbo.
En Coquimbo la pensión se puede aumentar, rebajar o hacer cesar cuando cambian las circunstancias.
En Coquimbo el cuidado compartido requiere acuerdo de ambos padres, no lo impone el tribunal.
En Coquimbo conviene que el régimen incluya vacaciones, cumpleaños y fiestas, no solo fines de semana.
En Coquimbo el mutuo acuerdo es más ágil, pero solo si el acuerdo cubre todo lo que exige la ley.
Se considera en Coquimbo la situación previsional y de salud del cónyuge que la solicita.
En Coquimbo representamos tanto a quien pide protección como a quien enfrenta una denuncia.
En Coquimbo la prueba biológica es determinante y su negativa injustificada tiene consecuencias.
En Coquimbo conviene actuar temprano: la deuda antigua es más difícil de recuperar.
En Coquimbo se acredita el motivo, el itinerario y la fecha de regreso del menor.
En familia el orden de los pasos importa tanto como el fondo. Estos son los puntos que se revisan antes de presentar nada en Coquimbo.
En Coquimbo usted decide con la información completa: qué se puede pedir, qué depende del acuerdo y qué cuesta.
En Coquimbo el alcance y el valor se conversan antes de firmar, sin presión para decidir en el momento.
Usted sabe siempre quién está a cargo y con quién hablar cuando hay una audiencia encima.
Desde la primera consulta hasta la sentencia, el contacto se mantiene en el mismo canal.
Servimos Coquimbo y comunas cercanas de la Región de Coquimbo, ante el tribunal de familia que corresponda a su domicilio.
Asumimos tanto la parte demandante como la demandada en cada una de estas materias.
Varias de estas materias se tramitan juntas y conviene que así sea: alimentos, cuidado personal y relación directa y regular se discuten en la misma causa y con los mismos antecedentes. Separarlas en juicios distintos alarga los plazos y multiplica el costo sin ninguna ventaja.
No toda causa de familia termina en juicio, y saber cuál es el camino ahorra meses y bastante dinero.
Conviene llegar a la mediación con una propuesta concreta y documentada, no solo con una posición.
El tribunal resuelve con el interés superior del niño como criterio, por sobre lo que pidan los adultos.
Estas situaciones además quedan exentas de la mediación previa obligatoria.
En cada consulta en Coquimbo le decimos con franqueza si su caso se puede resolver en mediación, si requiere demanda o si lo primero es pedir protección. No siempre la respuesta es demandar.
Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.
Escríbanos por WhatsApp contando su situación, si hay hijos menores y en qué comuna de Coquimbo vive el niño.
Analizamos certificados, liquidaciones, comprobantes de gastos y cualquier resolución anterior que exista.
Se prepara la presentación con la prueba documental que la sostiene, no solo con los hechos.
Le explicamos cada resolución en lenguaje claro, no copiando el texto del tribunal.
Cada escenario tiene un procedimiento distinto y un orden propio. Si alguno le suena, escríbanos.
En Coquimbo la retención por el empleador es la vía más estable cuando hay contrato de trabajo.
En Coquimbo se puede pedir que se precise el régimen, con días, horarios y traslado definidos.
En Coquimbo conviene resolver la compensación económica dentro del mismo juicio.
La pensión fijada hace años ya no cubre los gastos, o cambió la capacidad económica del alimentante. El aumento se pide acreditando el cambio de circunstancias, no repitiendo la demanda original.
En Coquimbo la rebaja se pide antes de dejar de pagar, no después de acumular deuda.
En Coquimbo representamos tanto a quien pide protección como a quien enfrenta la denuncia.
En Coquimbo se pueden pedir alimentos provisorios mientras se resuelve la filiación.
En Coquimbo este trámite es de los que más se dejan para última hora.
Estas recomendaciones no reemplazan la asesoría del caso concreto, pero evitan errores que en Coquimbo vemos con frecuencia.
Mantenga actualizado su domicilio ante el tribunal. Una notificación que no llega no suspende ningún plazo y las resoluciones se dictan igual.
Concurra a la mediación con una propuesta concreta y documentada. Llegar solo con una posición hace que la instancia se agote sin avanzar y termine en juicio de todas formas.
No hable mal del otro padre delante de los niños ni los use como intermediarios. Además del daño evidente, es una conducta que el tribunal pondera al resolver sobre el cuidado.
Pida que el régimen de visitas quede detallado: días, horarios, quién traslada y qué pasa en vacaciones y fiestas. Un régimen vago es un régimen que se incumple cada quince días.
Si hay violencia, pida las medidas de protección primero y ordene lo demás después. Estas situaciones además quedan exentas de la mediación previa obligatoria.
Antes de aceptar un acuerdo, revise que cubra todo lo que la ley exige. Un acuerdo incompleto es la causa más frecuente de que el tribunal no lo apruebe.
Cubrimos Coquimbo, el puerto y ciudad industrial de la conurbación, con el Barrio Inglés, La Herradura y una fuerte tradición pesquera. Recibimos consultas de todos los sectores de Coquimbo —incluyendo el puerto, Barrio Inglés, La Herradura y Tierras Blancas— y en comunas cercanas de la Región de Coquimbo. También atendemos Andacollo, comunas vecinas de Coquimbo. Comparecemos ante el tribunal de familia que corresponda según el domicilio del niño o de las partes, y coordinamos con anticipación las audiencias y mediaciones que se realizan por videoconferencia. Desde sectores como el puerto o Barrio Inglés llegan consultas por causas que se tramitan ante el tribunal de familia correspondiente a Coquimbo.
Varía según la materia y según si hay acuerdo o hay que ir a juicio. En Coquimbo se define por escrito antes de empezar.
El monto se construye con dos cosas: capacidad económica acreditada del alimentante y necesidades documentadas del niño. Fuera de eso, hay un piso y un techo legales.
Alimentos, cuidado personal y relación directa y regular requieren mediación previa antes de poder demandar, salvo excepciones como los casos de violencia intrafamiliar. Sin el certificado de mediación frustrada, el tribunal no da curso a la demanda.
Sí, existe esa vía. Lo que se discute en la práctica no es la voluntad del otro cónyuge sino la prueba de desde cuándo cesó la convivencia.
Procede cuando uno de los cónyuges no pudo desarrollar una actividad remunerada, o lo hizo en menor medida de lo que quería y podía, por haberse dedicado al cuidado de los hijos o del hogar común. Se pide dentro del juicio de divorcio: después de la sentencia ya no se puede reclamar.
Se pide su cumplimiento y, si el régimen es ambiguo, que se precise. Un régimen detallado se cumple mucho superior que uno general.
Se liquida la deuda ante el tribunal y desde ahí se activan los mecanismos de cobro: retención por el empleador, retención de la devolución de impuestos, inscripción en el registro nacional de deudores —que bloquea trámites y renovaciones— y apremios personales cuando el incumplimiento no tiene justificación.
El cuidado compartido no se impone: se acuerda. Cuando no hay acuerdo, el tribunal evalúa la situación concreta de cada padre.
La mayoría de edad no las termina sola. Hay un límite general y una extensión cuando el hijo sigue estudiando.
Existe la vía judicial para obtener el permiso. El error más común es dejarlo para las semanas previas al viaje.
Atendemos toda la comuna y su entorno dentro de la Región de Coquimbo. Varias audiencias se realizan por videoconferencia.
Escríbanos por WhatsApp indicando qué materia necesita resolver, si hay hijos menores, si ya hubo mediación y si existe alguna resolución anterior vigente. Con esos datos se puede decir qué procedimiento corresponde, en qué orden y qué documentos hay que reunir.
Indíquenos qué materia necesita resolver y si hay hijos menores. Le decimos qué procedimiento corresponde y en qué orden.
Escribir por WhatsAppAviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el derecho de familia chileno y no constituye asesoría sobre un caso concreto. Los montos, los regímenes de cuidado y las visitas los fija el tribunal de familia atendiendo al interés superior del niño y a los antecedentes de cada causa, de modo que nadie puede anticipar un resultado. Para su situación en Coquimbo, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.