En Cerro Navia estudiamos primero si su caso admite acuerdo: un acuerdo aprobado por el tribunal vale lo mismo que una sentencia y llega antes.
Desde la mediación previa hasta la sentencia, con la misma persona a cargo de la causa.
En Cerro Navia también se demanda a los abuelos de forma subsidiaria cuando el padre no tiene capacidad.
En Cerro Navia el cuidado personal y la patria potestad son cosas distintas y se resuelven por separado.
Un régimen incumplido en Cerro Navia se hace exigible ante el mismo tribunal que lo fijó.
De mutuo acuerdo exige un cese de convivencia acreditado y un acuerdo completo y suficiente sobre alimentos, cuidado y visitas. El unilateral requiere un cese más prolongado y se puede pedir aunque el otro cónyuge se oponga.
En Cerro Navia es la discusión que más impacto patrimonial tiene de todo el procedimiento.
En Cerro Navia representamos tanto a quien pide protección como a quien enfrenta una denuncia.
En Cerro Navia la impugnación tiene plazos que conviene revisar antes de presentar nada.
En Cerro Navia conviene actuar temprano: la deuda antigua es más difícil de recuperar.
En Cerro Navia la autorización se puede pedir para un viaje puntual o de forma más amplia.
Esto es lo que se examina en Cerro Navia en la primera consulta, antes de sugerir cualquier gestión.
En Cerro Navia usted decide con la información completa: qué se puede pedir, qué depende del acuerdo y qué cuesta.
Se le dice qué comprende el encargo y qué no, para que en Cerro Navia no aparezcan diferencias cuando la causa avanza.
Usted sabe siempre quién está a cargo y con quién hablar cuando hay una audiencia encima.
Responde el abogado que va a estar en la audiencia, no un intermediario que traspasa el mensaje.
En Cerro Navia y comunas vecinas de la Región Metropolitana comparecemos ante el tribunal de familia que corresponda.
Asumimos tanto la parte demandante como la demandada en cada una de estas materias.
Varias de estas materias se tramitan juntas y conviene que así sea: alimentos, cuidado personal y relación directa y regular se discuten en la misma causa y con los mismos antecedentes. Separarlas en juicios distintos alarga los plazos y multiplica el costo sin ninguna ventaja.
No toda causa de familia termina en juicio, y saber cuál es el camino ahorra meses y bastante dinero.
Un acuerdo construido por las partes se cumple mucho óptima que un régimen impuesto por sentencia.
Cuando no hay acuerdo o la otra parte no comparece, la mediación se declara frustrada y recién ahí se puede demandar.
El tribunal puede decretar medidas con efecto inmediato al presentarse la solicitud.
En cada consulta en Cerro Navia le decimos con franqueza si su caso se puede resolver en mediación, si requiere demanda o si lo primero es pedir protección. No siempre la respuesta es demandar.
Un procedimiento claro, sin tecnicismos innecesarios y sin etapas que aparezcan después.
Escríbanos por WhatsApp contando su situación, si hay hijos menores y en qué comuna de Cerro Navia vive el niño.
Se identifican los plazos abiertos y qué documentos hay que reunir antes de presentar.
Se lleva la causa hasta la sentencia o hasta el acuerdo aprobado, según el camino que corresponda.
Mantenemos el contacto por WhatsApp durante toda la causa, incluso en los períodos sin movimiento.
Reunimos acá los casos más habituales en Cerro Navia. Indíquenos cuál es el suyo y desde cuándo ocurre.
En Cerro Navia el incumplimiento también influye en cómo se resuelven las demás materias.
Conviene en Cerro Navia dejar registro de cada incumplimiento con fecha y forma.
Uno de los cónyuges quiere divorciarse y el otro no. El divorcio unilateral no requiere el consentimiento del otro: exige acreditar un cese de convivencia prolongado y se tramita igual aunque haya oposición.
En Cerro Navia el crecimiento del niño y sus gastos asociados son un antecedente atendible.
En Cerro Navia esta materia también requiere mediación previa antes de demandar.
En Cerro Navia las medidas se pueden solicitar en la misma presentación inicial.
En Cerro Navia el procedimiento se puede iniciar aunque el padre viva en otra comuna.
En Cerro Navia la existencia de un régimen de relación vigente también incide en la solicitud.
Hay decisiones que toma el tribunal y otras que dependen de usted. Estas son las segundas, y pesan bastante en Cerro Navia.
Pida que el régimen de visitas quede detallado: días, horarios, quién traslada y qué pasa en vacaciones y fiestas. Un régimen vago es un régimen que se incumple cada quince días.
Desconfíe de quien le prometa un resultado. El monto de la pensión, el cuidado personal y el régimen los fija el tribunal atendiendo al interés superior del niño.
Revise el certificado de matrimonio con sus subinscripciones antes de iniciar un divorcio. El régimen patrimonial define qué se reparte y cómo, y muchas veces no es el que las partes recuerdan.
Guarde todos los comprobantes de gasto del niño: colegio, salud, transporte y actividades. La pensión se fija sobre necesidades acreditadas, y sin respaldo la discusión se vuelve una afirmación contra otra.
Antes de aceptar un acuerdo, revise que cubra todo lo que la ley exige. Un acuerdo incompleto es la causa más frecuente de que el tribunal no lo apruebe.
Si va a divorciarse, plantee la compensación económica dentro del mismo juicio. Una vez dictada la sentencia de divorcio ya no se puede reclamar por separado.
Cubrimos Cerro Navia, una comuna residencial del poniente junto al río Mapocho. Recibimos consultas de todos los sectores de Cerro Navia —incluyendo Villa Los Héroes, Población Santa Corina, el borde del Mapocho y Sol Poniente— y en comunas cercanas de la Región Metropolitana. Comparecemos ante el tribunal de familia que corresponda según el domicilio del niño o de las partes, y coordinamos con anticipación las audiencias y mediaciones que se realizan por videoconferencia. Ya sea en Villa Los Héroes, en Población Santa Corina o en otro sector de Cerro Navia, lo primero es determinar qué tribunal es competente.
Depende de la materia, de si se resuelve en mediación o en juicio y de cuántas materias se tramitan juntas. Un divorcio de mutuo acuerdo y una causa de alimentos controvertida son encargos muy diversos. El alcance y el valor se acuerdan por escrito antes de asumir.
La ley establece un piso por hijo referido al ingreso mínimo remuneracional y un techo sobre las rentas del alimentante, y el tribunal puede apartarse del piso por motivos fundados. Entre esos extremos, el monto lo define lo que se acredite sobre los ingresos reales y sobre las necesidades del niño.
En esas tres materias es obligatoria, con excepciones. Y no es solo un requisito: un acuerdo en mediación llega bastante antes que una sentencia.
Sí. No requiere el acuerdo del otro cónyuge, solo acreditar el cese de convivencia por el tiempo que exige la ley.
La puede pedir el cónyuge que se dedicó al hogar o a los hijos y por eso no pudo trabajar o trabajo menos. Debe pedirse en el mismo juicio de divorcio.
Se pide su cumplimiento y, si el régimen es ambiguo, que se precise. Un régimen detallado se cumple mucho mejor que uno general.
Existen herramientas efectivas, pero hay que activarlas ante el tribunal. Conviene no dejar acumular: la deuda antigua es más difícil de recuperar.
El cuidado compartido no se impone: se acuerda. Cuando no hay acuerdo, el tribunal evalúa la situación concreta de cada padre.
No terminan automáticamente a los dieciocho. La obligación se extiende hasta los veintiún años, y puede prolongarse más allá si el hijo se encuentra estudiando una profesión u oficio, o si concurre una incapacidad física o mental que le impida subsistir.
Existe la vía judicial para obtener el permiso. El error más frecuente es dejarlo para las semanas previas al viaje.
Sí. La competencia depende del domicilio y de la materia, y se confirma antes de presentar cualquier escrito.
Por WhatsApp: indique la materia, si hay hijos menores, si hubo mediación y qué resoluciones existen en Cerro Navia.
Escríbanos contando su situación y si ya hubo mediación en Cerro Navia, y analizamos el caso con los antecedentes a la vista.
Escribir por WhatsAppAviso: el contenido de esta página es orientación general sobre el derecho de familia chileno y no constituye asesoría sobre un caso concreto. Los montos, los regímenes de cuidado y las visitas los fija el tribunal de familia atendiendo al interés superior del niño y a los antecedentes de cada causa, de modo que nadie puede anticipar un resultado. Para su situación en Cerro Navia, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.